Constitución en Calma

Título Preliminar · arts. 1 a 9

Artículo 3 de la Constitución Española

1. El castellano es la lengua española oficial del Estado. Todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla.

2. Las demás lenguas españolas serán también oficiales en las respectivas Comunidades Autónomas de acuerdo con sus Estatutos.

3. La riqueza de las distintas modalidades lingüísticas de España es un patrimonio cultural que será objeto de especial respeto y protección.

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Preguntas de examen sobre el artículo 3

1. Respecto del castellano, todos los españoles tienen:

  1. El derecho a conocerlo y el deber de usarlo
  2. El derecho a conocerlo y a usarlo
  3. El deber de conocerlo y el derecho a usarlo
  4. El deber de conocerlo y de usarlo
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C. El deber de conocerlo y el derecho a usarlo

Art. 3 CE. «Todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla.»

En la versión completa hay 3 preguntas sobre este artículo.

Texto consolidado del BOE (BOE-A-1978-31229), consultado el 9 de octubre de 2026. El único texto con validez jurídica es el publicado en el BOE. Aviso legal y privacidad