Constitución en Calma

Título II: la Corona · arts. 56 a 65

Artículo 58 de la Constitución Española

La Reina consorte o el consorte de la Reina no podrán asumir funciones constitucionales, salvo lo dispuesto para la Regencia.

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Preguntas de examen sobre el artículo 58

1. La Reina consorte o el consorte de la Reina:

  1. No podrán asumir funciones constitucionales en ningún caso
  2. No podrán asumir funciones constitucionales, salvo lo dispuesto para la Regencia
  3. Asumirán funciones de representación internacional
  4. Podrán asumir las funciones que el Rey les delegue
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B. No podrán asumir funciones constitucionales, salvo lo dispuesto para la Regencia

Art. 58 CE. «no podrán asumir funciones constitucionales, salvo lo dispuesto para la Regencia»

Texto consolidado del BOE (BOE-A-1978-31229), consultado el 9 de octubre de 2026. El único texto con validez jurídica es el publicado en el BOE. Aviso legal y privacidad