1. La Reina consorte o el consorte de la Reina:
- No podrán asumir funciones constitucionales en ningún caso
- No podrán asumir funciones constitucionales, salvo lo dispuesto para la Regencia
- Asumirán funciones de representación internacional
- Podrán asumir las funciones que el Rey les delegue
Ver la respuesta
B. No podrán asumir funciones constitucionales, salvo lo dispuesto para la Regencia
Art. 58 CE. «no podrán asumir funciones constitucionales, salvo lo dispuesto para la Regencia»